La factura electrónica B2B entra en su fase técnica: Qué ha explicado la AEAT sobre la solución pública

La obligación de factura electrónica entre empresas y profesionales lleva años anunciándose, pero hasta ahora la conversación era sobre todo jurídica. Eso ha cambiado. Con el segundo seminario para desarrolladores celebrado por la Agencia Tributaria el 10 de septiembre de 2026, la factura electrónica B2B ha entrado en su fase técnica: ya se conocen los estándares, los servicios web y el calendario con los que funcionará la Solución Pública de Factura Electrónica (SPFE).

En Docuten llevamos desde 2009 ayudando a las empresas a cumplir con sus obligaciones de facturación y firma electrónica. En este artículo resumimos lo esencial de lo que se sabe hoy y qué implica para tu organización.

De dónde viene la obligación

La obligación de expedir, remitir y recibir factura electrónica en las relaciones entre empresarios y profesionales nace de la Ley 18/2022, de creación y crecimiento de empresas (la conocida como Ley Crea y Crece). Su finalidad declarada no es tributaria, sino la lucha contra la morosidad: para poder controlar los plazos de pago, es necesario conocer las facturas y sus estados de aceptación, rechazo y pago.

El desarrollo reglamentario llegó con el Real Decreto 238/2026, que configura el Sistema Español de Factura Electrónica como un modelo mixto: plataformas privadas de intercambio junto a una solución pública desarrollada y gestionada por la AEAT. El último eslabón que faltaba era la orden ministerial que fija los detalles técnicos, cuyo texto es el que la Agencia Tributaria ha presentado, ya prácticamente cerrado, en el seminario de septiembre.

Qué es la Solución Pública de Factura Electrónica (SPFE)

La SPFE es la pieza pública del sistema. La propia AEAT la ha definido como una solución limitada, pero obligatoria en su vertiente de repositorio. Cumple cuatro funciones:

  • Solución gratuita de facturación: un formulario web para generar facturas una a una, con descarga en PDF y en XML.
  • Gestión de estados y pagos: para comunicar aceptación, rechazo, pago, cobro e impago.
  • Interconexión: entre plataformas privadas y entre empresas que no usan plataforma.
  • Repositorio universal: toda factura electrónica B2B nacional acabará en la AEAT, ya sea como original o como copia fiel.

Este último punto es la clave del modelo: toda factura B2B nacional termina en la Agencia Tributaria. Si se emite a través de la solución pública, llega como original; si se emite por una plataforma privada, esta debe remitir una copia fiel de forma inmediata.

Lo que ya es técnico: estándares y arquitectura

El mensaje de fondo del seminario es que adaptarse a la Ley Crea y Crece no consiste simplemente en generar un documento electrónico. Estos son los elementos técnicos que ya están definidos:

  • Sintaxis única UBL 2.5 en la solución pública y semántica EN 16931 (edición de 2026) como modelo de datos común. Las plataformas privadas podrán seguir usando otros formatos (CII, Facturae, EDIFACT), pero la copia fiel a la AEAT viaja en UBL.
  • Codificación única por factura: cada factura se identifica de forma inequívoca mediante la concatenación de serie y número, fecha de expedición y NIF del emisor. No pueden coexistir dos facturas con el mismo identificador.
  • Nuevo localizador técnico: un identificador cifrado que devuelve la SPFE y que conviene almacenar para consultas y descargas eficientes.
  • Servicios web para remisión, consulta, descarga, anulación y comunicación de estados y pagos. Según la AEAT, concentrarán el 90 % o más de las operaciones.
  • Transporte mediante ebXML (ebMS3/AS4), en una versión ligera y compatible con Peppol.

Un matiz que conviene no pasar por alto: la AEAT ha advertido de que la SPFE no es un sistema de almacenamiento en la nube. Cada empresa sigue siendo responsable de conservar sus facturas, acuses y evidencias.

Estados y pagos: la vertiente antimorosidad

Toda factura que entra en la SPFE queda inicialmente en estado «aceptada» a todos los efectos; la ausencia de comunicación de rechazo equivale a aceptación. A partir de ahí, cada parte informa de forma independiente:

  • El destinatario tiene obligación de comunicar el rechazo (comercial o por no afectar a su actividad) y el pago, con su fecha efectiva y la fecha de vencimiento.
  • El emisor puede comunicar, de forma voluntaria, el cobro y el impago, así como el uso de mecanismos de financiación (descuento, factoring, confirming).

Dos reglas relevantes de la versión más reciente de la norma: no se admiten pagos parciales (el estado «pagada» se refiere al importe tota) y no se admiten dobles estados: ante un error, hay que revertir (cancelar) y volver a informar.

Calendario previsto

El calendario de aplicación es escalonado y arranca con la publicación de la orden ministerial:

  • Octubre de 2026: publicación prevista de la orden ministerial y apertura del entorno de pruebas de los servicios web.
  • 1 de octubre de 2027: obligación para empresas con volumen de operaciones superior a 8 millones de euros.
  • 1 de octubre de 2028: resto de empresarios y profesionales.

Cómo Docuten te ayuda a cumplir

En Docuten somos un software de facturación certificado, tanto a nivel nacional como europeo, y Prestador Cualificado de Servicios de Confianza de acuerdo con el Reglamento eIDAS. Como Proveedor Certificado Peppol, estamos además preparados para la facturación electrónica internacional con plenas garantías legales.

Nuestra solución de emisión y recepción de factura electrónica te permite:

  • Cumplir con la Ley Crea y Crece, VeriFactu, el SII y la facturación a la Administración Pública (B2G).
  • Emitir y recibir en múltiples formatos (Facturae, UBL, CII, PDF) y canales (FACeB2B, Peppol y las plataformas de las administraciones públicas).
  • Integrar la facturación con tus sistemas mediante API, con conectores específicos para SAP, Microsoft Dynamics y SAGE.

Adaptarse a un cambio normativo de este calado no consiste solo en generar un documento electrónico, sino en garantizar que los procesos, los datos y las evidencias respondan correctamente a los nuevos requisitos. Ese es precisamente el terreno en el que trabajamos.

¿Quieres saber cómo preparar tu facturación para la Ley Crea y Crece? Escríbenos a docuten@docuten.com.

Yoo Jin Sin - Redactora en Docuten

Graduada en Comunicación Audiovisual con un Máster en Marketing Digital, Yoo Jin destaca por su rigor investigador en normativas técnicas como el eCMR. Su perfil creativo y multidisciplinar le permite transformar información oficial en contenidos digitales estratégicos y de alto valor para el sector.

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