Ley Crea y Crece y Verifactu: futuro de la facturación electrónica en España
En la actualidad, el panorama de la facturación electrónica en España está experimentando un cambio significativo con la implementación de dos leyes clave: Ley Crea y Crece y Verifactu (Ley Antifraude).
Estas regulaciones están diseñadas para abordar cuestiones fundamentales en el ámbito fiscal y empresarial, y tienen un impacto directo en cómo las empresas gestionan sus procesos de facturación.
En este artículo, exploraremos cómo afectan estas leyes a empresas y autónomos.
Un pequeño adelanto: comparativa entre Ley Crea y Crece y Verifactu
Ley Antifraude
¿Qué es?
Legislación que afecta a los procesos de gestión internos y a los programas informáticos de facturación de tu empresa.
La Ley 11/2021, coloquialmente conocida como Ley Antifraude, entró en vigor el 11 en octubre de 2021. Tiene como objetivo evitar la manipulación de datos contables que permitan una doble contabilidad o la alteración de registros de las operaciones realizadas.
¿A quién afecta?
- A todas las empresas y autónomos que emitan facturas y tengan sede en el territorio nacional.
- A los softwares de contabilidad y facturación, que deben estar certificados adaptándose a un conjunto de medidas antifraude.
¿En qué implica a tu empresa?
Para cumplir con la Ley Antifraude deberás contar con un software certificado que cumplan con los requisitos de los Sistemas Informáticos de Facturación (SIF): integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros.
Igualmente, se prohíbe lo que se conoce como “software de doble uso” o programas informáticos que permitan a los usuarios llevar una “contabilidad B” para poder facturar sin declararlo
Plazos:
La reforma del software antifraude entró en vigor el 11 de octubre de 2021, y en ella estaba que fuera de aplicación para empresas y autónomos del 1 de julio de 2025. Eso sí, estos plazos dependen de que se apruebe el reglamento técnico, que a día de hoy (septiembre 2024) aún no ha sido publicado.
Sanciones
Las sanciones previstas serán de entre 50.000 y 150.000€ tanto para las empresas obligadas, como para fabricantes de software que comercialicen un software que no esté homologado por la administración.
- Para los desarrolladores y comercializadores de software de gestión que permitan el doble uso, es decir, llevar una contabilidad B, omitir facturas, evitar trazabilidad, y similares, la multa se eleva a 150 000 €.
- Para las empresas, profesionales y autónomos que utilicen este tipo de software que no cumple con la normativa de la nueva ley, las multas son de 50 000 €
¿Puedo seguir realizando las facturas en Excel o Word?
A partir del 1 de julio no podrás seguir realizando la facturas en Excel o Word, ya que necesitarás un software certificado por hacienda que cumpla con los requisitos de la Ley Antifraude, y estos formatos no garantizan el cumplimiento de los principios de legibilidad, integridad, accesibilidad, inalterabilidad, trazabilidad y conservación que establece la ley.
Reglamento Verifactu
Una de las medidas más destacadas introducidas por la Ley Antifraude es la implementación del sistema VeriFactu, un sistema de emisión de facturas verificables. Su propósito es que las empresas generen un registro por cada factura emitida y lo remitan directamente a Hacienda en el momento de la emisión. Aunque no todas las empresas enviarán los registros a la Agencia Tributaria, se les exigirá contar con un software VeriFactu para la emisión de facturas. Los requisitos específicos de este sistema serán establecidos próximamente mediante una Orden Ministerial.
Entonces, ¿cómo me afecta esta ley?
Una vez entre en vigor, ya no podrás seguir trabajando con tus facturas en formato Excel, ya no cumplen con los requisitos previamente mencionados:
- No están debidamente certificados
- No utilizan formatos estándar para su legibilidad
- No garantizan la integridad de los datos ni la conservación del documento
- Dificultan el acceso de la Agencia Tributaria
- No garantizan trazabilidad
Paralelamente, el reglamento implica la inclusión de un código QR o un código identificativo alfanumérico en todas las facturas, además de que tu software de facturación debe estar capacitado para enviar facturas a la AEAT.
Ley Crea y Crece
¿Qué es?
La Ley 18/2022 de Creación y Crecimiento de Empresas, más conocida como Ley Crea y Crece y que forma parte del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España, está dirigida a dinamizar el tejido productivo agilizando trámites y requisitos para crear empresas.
Dentro del propósito de impulsar el desarrollo de las pequeñas y medianas empresas, un aspecto clave de esta ley es la implementación obligatoria de la facturación electrónica, con todos los beneficios que ello conlleva.
🔗 ¿Cómo hemos llegado hasta aquí?
¿A quién afecta?
El Artículo 12 de la Ley Crea y Crece dictamina que todas las empresas privadas y trabajadores autónomos están obligados a emitir y enviar facturas electrónicas en sus transacciones comerciales con otras empresas y autónomos.
En otras palabras, esta obligación aplica a todas las interacciones comerciales entre empresas y autónomos, es decir, en todas las operaciones de tipo B2B (business to business).
¿En qué implica a tu empresa?
Una vez se apruebe este reglamento, aquellas operaciones que entren dentro del ámbito de la Ley Crea y Crece o que se realicen con la Administración Pública como destinataria, la factura electrónica debe estar en un formato estructurado aceptado, como puede ser Facturae.
Entonces, ¿el pdf sigue siendo válido como factura electrónica?
El pdf seguirá siendo válido como factura electrónica para aquellas operaciones que no entren dentro del ámbito de la Ley Crea y Crece, ni sea una operación realizada con la Administración como destinataria, como por ejemplo en operaciones B2C.
Durante el periodo de transición de la obligatoriedad, las facturas estructuradas se deberán acompañar un documento en formato pdf que asegure la legibilidad para aquellas empresas que todavía no haya entrado en vigor la obligación.
Plazos
Las obligaciones podrían empezar, tentativamente, a partir del segundo trimestre de 2025 y seguirán el siguiente orden una vez aprobado el RD, previsto para el segundo trimestre de 2024:
- Empresas con facturación electrónica anual superior a 8M
→ 1 año después de la entrada en vigor del reglamento de la Ley Crea y Crece.
- Empresas y autónomos con facturación electrónica anual inferior a 8M
→ 2 años después de la entrada en vigor del reglamento de la Ley Crea y Crece.
- Autónomos y personas físicas
→ Cuentan con 3 años después de la entrada en vigor del reglamento de la Ley Crea y Crece para cumplir con la obligación de comunicar en tiempo real los estados de las facturas que reciban (si la han recibido, si está pagada o si se ha realizado un pago parcial).
Sanciones
Basándose en los requisitos mencionados, la Ley Crea y Crece establece que aquellas empresas y trabajadores autónomos que no faciliten a sus clientes la recepción de facturas en formato electrónico o el acceso a ellas durante un período de cuatro años, incurrirán en una infracción administrativa. Estas infracciones pueden acarrear sanciones que van desde un apercibimiento hasta multas de hasta 10.000 euros.
Entonces, ¿cómo me afecta esta ley?
Una vez entre en vigor la Ley Crea y Crece, entre otras cosas, obligará a las empresas privadas a facturar electrónicamente entre ellas, por lo que debes estar preparado tanto para recibir como para emitir facturas en este formato.
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