Presentar tarde los registros al SII estará sancionado con hasta 6.000 euros de multa
El Ministerio de Hacienda presenta una nueva Orden Ministerial con modificaciones para el funcionamiento del SII
El pasado 11 de Octubre, desde Docuten, analizamos el proyecto de Orden Ministerial que presentaba el departamento de Gestión Tributaria de la AEAT. En el se especificaban alguna de las modificaciones normativas y técnicas para el actual funcionamiento del Suministro Inmediato de Información que finalmente, se presentaron el día 30 de Diciembre en el Boletín Oficial del Estado, con efectividad a partir del 1 de Enero del 2018.
- Consulta aquí las especificaciones del proyecto de Orden analizado por nosotros
- Consulta aquí la publicación del Boletín Oficial del Estado
Una de las casuísticas que más importancia ha tenido dentro de la publicación de la Orden Ministerial, ha sido la regulación y presentación de las sanciones por incumplimiento o retraso en los registros que se envíen tarde o no se presenten al suministro inmediato de información.
Específicamente, las empresas y sujetos pasivos que no presenten sus registros dentro del período establecido serán sancionadas con el 0,5% del importe del registro no presentado correctamente. Estas sanciones, podrían oscilar entre los 300 y los 6000 euros trimestralmente.
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