Para explicar lo que es un mandato SEPA, debemos comenzar por explicar qué es SEPA.
SEPA (del inglés, Single Euro Payments Area) es la Zona Única de Pagos en Euros, un proyecto de la Unión Europea que facilita la gestión de pagos y cobros en euros. Esta iniciativa, que comenzó entre estados miembros pero a la que ya se han unido países limítrofes, recoge un conjunto de reglas que determinan cómo se envía la información de cobros y pagos, qué información es necesaria y qué plazos cumplir. Cualquier banco que intervenga en la red SEPA debe cumplir estas reglas.
Estas condiciones se aplican para las distintas transacciones posibles: adeudos directos o domiciliaciones, transferencias y operaciones con tarjeta de débito.
Entonces, ¿qué es un mandato SEPA? Un mandato es una autorización, firmada por el deudor, que permite al acreedor realizar cargos en su cuenta. La firma del mandato es obligatoria para poder realizar cargos en la cuenta del cliente, pero este proceso ha de hacerse una única vez, y además puede firmarse digitalmente.
De esta forma, el mandato permite no solo recoger la información del cliente, sino también informar a este claramente de sus derechos. Si ambas condiciones no se cumplen, el mandato podrá ser declarado inválido.
El mandato siempre ha de contener:
- Información del acreedor: nombre, identificador del acreedor dentro del esquema SEPA.
- Información del deudor: nombre y domicilio, IBAN y BIC de su cuenta, firma del deudor.
- Información propia del mandato: referencia única del mandato, fecha de firma, esquema o tipo de pago (CORE o B2B).
Además, el mandato deberá también incluir observaciones que indiquen al cliente que:
- Es un mandato para realizar adeudos directos SEPA (tanto en el título como en la separación de otros documentos)
- Se trata de una autorización que permitirá recibir cobros, así como los derechos de reembolso de los mismos.
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