Resumen de la Reforma Laboral de 2022: puntos clave y firma de documentos
¿Qué es la reforma laboral? ¿Qué sabemos de ella? La nueva reforma laboral de 2022 tiene como objetivos principales reducir la precariedad y la temporalidad en el empleo, para mejorar la estabilidad en el mercado laboral. En esta entrada te hacemos un pequeño resumen de la reforma laboral de 2022 para que conozcas las claves. Además, te contamos cómo hacer frente a estos cambios.
Resumen de la reforma laboral de 2022
Las modificaciones introducidas en la nueva reforma laboral de 2022 se aplican a partir del 30 de marzo. Estas son las principales novedades de la reforma laboral:
Cambios en los tipos de contrato con la reforma laboral
Contratos temporales
- Con el fin de minimizar la contratación temporal, los contratos de trabajo se presumen indefinidos. Por ello, desaparece en contrato por obra o servicio.
- Los contratos de duración determinada solo podrán darse por dos motivos: circunstancias de la producción o sustitución de un trabajador, y en cualquier caso, tendrán que tener causa habilitante de la contratación temporal y objeto:
- Circunstancias de la producción: debido al incremento ocasional e imprevisible de la actividad y las oscilaciones que, aún tratándose de la actividad normal de la empresa, generan una oscilación y que no correspondan al fijo discontinuo. No puede responder a una dinámica ordinaria del trabajo y debe responder a un desajuste en la demanda.
- Sustitución de un trabajador: tanto por la sustitución de un trabajador con derecho a reserva de puesto de trabajo, para cubrir una reducción de jornada producida por otro trabajador, o para dar cobertura temporal a un puesto de trabajo durante un proceso de selección o promoción. En cualquier caso, la duración será la misma que la de dicha situación.
- Encadenamiento de contratos temporales: con los cambios en los contratos de la reforma laboral, el encadenamiento de temporalidad puede dar lugar a la condición de trabajador indefinido cuando en un plazo de 24 meses se contrate a una persona durante 18 meses o más, mediante dos o más contratos por circunstancias de la producción.
Contratos formativos
- Se pretenden regular eficazmente con un marco idóneo para incorporar a las personas jóvenes. Los contratos ya existentes se rigen por la regulación anterior.
- Se establecen dos tipos:
- Contrato de alternancia con estudios: el objetivo es compaginar estudios con el acceso al mercado laboral. Enfocado para personas sin cualificación profesional, no existe un límite de edad. La actividad laboral debe relacionarse con sus estudios y la persona contratada deberá contar con un tutor en la empresa y en el centro de estudios. Con una duración de entre 3 meses y 2 años.
- Contrato formativo para la obtención de práctica profesional: enfocado para personas en posesión de título, deberá concertarse dentro de los 3 años siguientes a la finalización de los estudios. No podrán acogerse personas con experiencial laboral previa. Con una duración de entre 6 meses y un año.
Contratos fijos discontinuos
Este tipo de contrato ya existía. Sin embargo, ahora tendrá la novedad de incluir no solo trabajos de naturaleza estacional o de actividades productivas de temporada, sino también actividades que siendo de realización intermitente, sean periodos de ejecución ciertos.
Nuevos ERTE, Mecanismos RED y negociación colectiva
Negociación colectiva
- Las condiciones establecidas en un convenio colectivo seguirán vigentes aunque el convenio colectivo deje de estar vigente.
- Los convenios sectoriales fijarán los salarios mínimos, de forma que desaparece la prioridad del convenio de empresa en cuestión de salario.
Nuevos ERTE y Mecanismo RED
- Se modifica la regulación relativa a los ERTE, con especial preponderancia de los sindicatos. Posibilitan reducir jornada o suspender contratos, dándole prioridad a la primera.
- ERTE ETOP: por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.
- ERTE por fuerza mayor: se añade la limitación o impedimento de la actividad como consecuencia de decisiones adoptadas por la autoridad pública competente como causa específica de fuerza mayor temporal.
- Mecanismo RED: se crea como mecanismo de flexibilidad y estabilización de empleo, por el que las compañías podrán solicitar reducciones de jornada o suspensión de contratos. Se debe activar por parte del Consejo de Ministros y existen dos modalidades:
- Cíclica: por un periodo máximo de un año, se aplica cuando las circunstancias económicas generales lo aconsejen.
- Sectorial: por un periodo de un año con posibilidad de dos prórrogas de 6 meses cada una, se aplicará cuando en un sector sean necesarios procesos de recualificación y transición profesional.
Tras este resumen de la reforma laboral de 2022, (Reforma Laboral RD 23/2001 (BOE 30/12/21) de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad de empleo y la transformación del mercado de trabajo) con varias novedades sobre todo en lo relativo a los tipos de contratos, debes valorar la situación de tu empresa para realizar los cambios pertinentes. Estos cambios pueden provocar un aumento de la cantidad de documentación de índole laboral que deban firmar tanto la empresa como los trabajadores.
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- Ahorro de tiempo y costes
- Almacenamiento en la nube
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Lorena Suárez, Directora de Recursos Humanos de Kimak
“De cara a nuestros stakeholders y clientes, hemos multiplicado exponencialmente los niveles de confianza.”
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