No, la obligación de registro en el RCA aplica solo a los contratos celebrados a partir del 30 de junio en adelante. Sin embargo, si existe alguna modificación de un contrato cerrado antes del 30 de junio, esta sí debe registrarse.
No, la obligación de registro en el RCA aplica solo a los contratos celebrados a partir del 30 de junio en adelante. Sin embargo, si existe alguna modificación de un contrato cerrado antes del 30 de junio, esta sí debe registrarse.